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Aquí encontrarás un listado de términos específicos y sus correspondientes definiciones.
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Accidente:
Acontecimiento proveniente de una causa externa, súbita, fortuita y violenta que produzca lesiones corporales o la muerte al Asegurado.
Alteración del Riesgo:
Cuando el riesgo no permanece constante a lo largo de la vigencia del Seguro. El riesgo puede agravarse o disminuir por razones de cambios de ocupación, estilo de vida, hábitos, etc.
Asegurado:
Es la persona a la que la Compañía de Seguros cubre mediante un Contrato de Seguro por estar expuesta a un riesgo, proporcionándole una determinada protección económica o en especie (servicio) a él o sus beneficiarios.
Automóvil de Uso Particular:
Se refiere a los automóviles o camioneta de cuatro o seis ruedas cuyo diseño es para el uso sobre caminos públicos.
Beneficiario:
Es aquella persona que, por designación del Asegurado o por disposición legal, tiene derecho a recibir la Suma Asegurada especificada en la Carátula de la Póliza o su proporción correspondiente de aquellas coberturas en que, con el carácter de Beneficiario, se le ha designado.
Beneficiario Irrevocable:
Es aquella persona que, por designación del Asegurado, tiene derecho a recibir la Suma Asegurada especificada en la Carátula de la Póliza o su proporción correspondiente de aquellas coberturas en que, con el carácter de Beneficiario Irrevocable, se le ha designado. Sólo puede ser modificado por el Asegurado con consentimiento del propio Beneficiario o por haber fallecido.
Beneficiario Preferente:
Es aquella persona que, por designación del Asegurado, tiene derecho a recibir la Suma Asegurada especificada en la Carátula de la Póliza o su proporción correspondiente de aquellas coberturas que, con el carácter de Beneficiario Preferente, se le ha asignado en primer lugar y por encima de cualquier otro Beneficiario.
Cancelación:
Es la cesación de los efectos del Contrato de Seguro por falta de pago, solicitud de Contratante o, disposición de la Compañía de Seguros.
Carátula de la Póliza:
Documento en el que se asientan los datos del bien o persona asegurada y se enumeran las Coberturas del Contrato de Seguro.
Caución:
Medida preventiva que consiste en la constitución de un depósito o en la exigencia de una promesa tendiente a asegurar una obligación.
Coaseguro:
Es la participación económica que tiene el Asegurado en el costo del Siniestro.
Cobertura Adicional:
Protección que se establece en el Contrato de Seguro y que amplía o complementa los límites o montos de la cobertura básica.
Cobertura Básica:
Protección que se establece en el Contrato de Seguro.
Compañía de Seguros:
Empresa que mediante un Contrato de Seguros asume las consecuencias dañosas por la realización de un evento cuyo riesgo fue objeto de cobertura. Se encuentra regulada y supervisada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Condiciones Generales de la Póliza:
Documento donde se especifican las cláusulas que de forma general, particular o específica regulan la relación entre la Compañía de Seguros y el Asegurado.
Conductor Adicional:
Persona autorizada por el contratante para conducir el vehículo asegurado que se encuentre registrada en el endoso de la póliza de Responsabilidad Civil en E.U.A.
Contratante:
Es aquella persona física que ha solicitado la celebración del Contrato de Seguro para sí y/o para terceras personas, o la persona moral que ha solicitado la celebración para terceras personas. El Contratante en ambos casos se obliga a realizar el pago de la Prima.
Contrato de Seguro:
Es aquel por el que una Compañía de Seguros se compromete a indemnizar al Asegurado o Beneficiario las pérdidas que éste sufra a consecuencia de determinado evento o Siniestro, a cambio de una Prima. El Contrato de Seguro, así como sus cambios y modificaciones, se harán constar por escrito mediante una Póliza.
Daños a Terceros en sus Bienes:
Significan los daños físicos, la destrucción o la pérdida del uso de la(s) propiedad(es) de los terceros a consecuencia de un siniestro.
Daños a Terceros en sus Personas:
Significan las lesiones corporales, malestar, enfermedad o muerte a consecuencia de un siniestro.
Deducible:
Gastos a cuenta del Asegurado por cada Accidente o Enfermedad cubierta. Es también el límite mínimo que debe rebasar la reclamación para que pueda ser sujeta de una Indemnización por parte de la Compañía de Seguros.
Disputabilidad:
El Contrato de Seguro, dentro de un determinado plazo, puede ser sujeto de controversia o impugnación, por Omisión o Inexacta Declaración de los hechos necesarios proporcionados por el Asegurado para la apreciación del riesgo.
Emisión:
Es el proceso por el cual la Compañía de Seguros expide el Contrato de Seguro. La emisión puede ser inmediata o sujeta a la Suscripción del Riesgo.
Endoso:
Documento en donde se especifican las modificaciones o declaraciones no incluidas en la Carátula de Póliza de Seguro y en las Condiciones Generales.
Enfermedad:
Toda alteración de la salud que resulta de la acción de agentes morbosos, ya sean de origen interno o externo, que afectan al organismo y que amerita, por tanto, tratamiento médico o quirúrgico.
Enfermedad Preexistente:
Toda alteración de la salud que resulta de la acción de agentes morbosos, ya sean de origen interno o externo, que afectan al organismo y cuyos síntomas o signos se hubieran manifestado antes de la celebración del Contrato de Seguro, por haber sido aparente a la vista, porque por sus síntomas no pudo haber pasado desapercibida, porque haya existido un diagnóstico o porque se haya realizado algún gasto para su tratamiento.
Enfermedad Terminal:
Toda alteración de la salud que resulta de la acción de agentes morbosos, ya sean de origen interno o externo, que afectan al organismo y que causarán necesariamente la muerte del Asegurado.
Exclusión:
Toda razón que se estipula en la Póliza por la que el Contrato de Seguro no opera. Existen exclusiones permanentes y temporales. Estas últimas se eliminan o reducen a partir de un Período de Espera determinado.
Extra Prima:
Es el costo adicional a la Prima que debe cubrir el Asegurado por existir mayor Riesgo al normal, ya sea por salud deficiente o actividad peligrosa.
Fianza:
Cualquier garantía real o personal, prestada para el cumplimiento de una obligación.
Indemnización:
Es la cantidad de dinero o servicio que paga u otorga la Compañía de Seguros al Asegurado o Beneficiario en caso de producirse el Siniestro.
Interés Asegurable:
Es el interés personal y directo que tiene una persona en que no se produzca un Siniestro. En el seguro contra daños, el interés tiene que ser económico.
Negocios:
Cuando por su profesión u ocupación ingresa a los Estados Unidos de América.
Ocupante:
Significa cualquier persona dentro de, entrando en o bajando del vehículo Asegurado, con el consentimiento del Asegurado. No se considerará ocupante a la persona que se encuentre sobre, subiendo o bajando de cualquier parte exterior del vehículo Asegurado.
Omisión o Inexacta Declaración:
Se da cuando el solicitante declara u omite los hechos importantes para la apreciación del riesgo, de manera diferente a como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del Contrato de Seguro.
Período de Espera:
Es el tiempo que debe transcurrir para que un Contrato de Seguro o Cobertura entre en funcionamiento o bien el tiempo que debe pasar antes de ejercitar un derecho o cumplir una obligación.
Período de Gracia:
Es el plazo de 30 días naturales que el Asegurado tiene para liquidar cada prima de acuerdo con la forma de pago pactada.
Póliza:
Es el documento en que se plasman las Coberturas, Sumas Aseguradas, Deducibles, Vigencia y, en general, las normas que regulan las condiciones convenidas entre la Compañía de Seguros y el Asegurado. Se compone de Carátula de la Póliza, Condiciones Generales y Endosos.Es el objeto de toda obligación a dar o hacer, así como la acción de indemnizar en dinero, prestar un servicio, resarcir en especie.
Prestación:
Es el objeto de toda obligación a dar o hacer, así como la acción de indemnizar en dinero, prestar un servicio, resarcir en especie.
Prima:
Costo que el asegurado paga a la Compañía de Seguros por la Cobertura contratada en un período de Vigencia determinada. Puede ser denominada como Tarifa.
Renovación:
Es la extensión de tiempo que se da en un Contrato de Seguro para que éste permanezca Vigente. Por lo general, las Renovaciones son por períodos de un año y se realizan en forma automática.
Riesgo:
Es la exposición a cada una de las contingencias que pueden producir consecuencias negativas en los bienes o en las personas.
Solicitante:
Es la persona que manifiesta su intención de celebrar un Contrato de Seguro.
Solicitud del Seguro:
Documento que proporciona la Compañía de Seguros para que el Solicitante pueda celebrar, prorrogar, modificar o Renovar un Contrato de Seguro
Siniestro:
Es la realización del evento previsto en el Contrato de Seguro y que causa daño, destrucción o pérdida del bien o persona cubierta.
Suma Asegurada:
Límite máximo de responsabilidad de la Compañía de Seguros por cada Asegurado, Bien o Cobertura de acuerdo a lo consignado en la Póliza.
Suscripción:
Proceso por medio del cual la Compañía de Seguros acepta, rechaza o pospone un Contrato de Seguro propuesto por el Solicitante.
Terceros:
Se refiere a los bienes o personas involucradas en el siniestro que da lugar a la reclamación bajo el amparo de la póliza y que no son ni ocupantes ni el conductor del vehículo Asegurado al momento del siniestro.
Terceras Personas:
En términos generales, todas las personas que no sean el Propio Contratante, su cónyuge e hijos.
Titular:
Es la persona que celebró el Contrato de Apertura de Crédito en Cuenta Corriente (Tarjeta de Crédito)
Uso Particular:
Es el uso al que se destina el vehículo Asegurado sin fin de lucro y que específicamente es utilizado para viajes de placer o de negocios.
Vehículo Asegurado:
Significa el automóvil de uso particular descrito en la carátula de la póliza.
Vigencia:
Tiempo establecido en la Póliza de Seguro durante el cual surten efecto sus Coberturas y la cual está sujeta al pago de las Primas. Por lo general, cada una de las Coberturas contratadas inicia a partir de las 12:00 horas del día, en la fecha de inicio de Vigencia indicada en la Carátula de Póliza y continúa durante el plazo de Seguro correspondiente hasta las 12:00 horas del día de su vencimiento.
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